Tratado
de Utrecht, Artículo X.
>>El
Rey Católico, por si y por sus herederos y sucesores, cede por este
Tratado a la Corona de la Gran Bretaña la plena y entera propiedad
de la ciudad y castillo de Gibraltar, juntamente con su puerto,
defensas y fortaleza que le pertenecen, dando la dicha propiedad
absolutamente para que la tenga y goce con entero derecho y para
siempre, sin excepción ni impedimento alguno.
Pero,
para evitar cualesquiera abusos y fraudes en la introducción de las
mercaderías. quiere el Rey Católico, y supone que así se ha de
entender, que la dicha propiedad se ceda a la Gran Bretaña sin
jurisdicción alguna territorial y sin comunicación alguna abierta
con el país circunvecino por parte de tierra. Y como la comunicación
por mar con la costa de España no puede estar abierta y segura en
todos los tiempos, y de aquí puede resultar que los soldados de la
guarnición de Gibraltar y los vecinos de aquella ciudad se vean
reducidos a grandes angustias, siendo la mente del Rey Católico sólo
impedir, como queda dicho arriba, la introducción fraudulenta de
mercaderías por la vía de tierra. se ha acordado que en estos casos
se pueda comprar a dinero de contado en tierra de España
circunvecina la provisión y demás cosas necesarias para el uso de
las tropas del presidio, de los vecinos y de las naves surtas en el
puerto.
Pero
si se aprehendieran algunas mercaderías introducidas por Gibraltar,
ya para permuta de víveres o ya para otro fin, se adjudicarían al
fisco, y presentada queja de esta contravención del presente Tratado
serán castigados severamente los culpados.
Y
Su Majestad Británica. a instancia del Rey Católico consiente y
conviene en que no se permita por motivo alguno que judíos ni moros
habiten ni tengan domicilio en la dicha ciudad de Gibraltar, ni se de
entrada ni acogida a las naves de guerra moras en el puerto de
aquella Ciudad, con lo que se puede cortar la comunicación de España
a Ceuta, o ser infestadas las costas españolas por el corso de los
moros. Y como hay tratados de amistad. libertad y frecuencia de
comercio entre los ingleses y algunas regiones de la costa de Africa.
ha de entenderse siempre que no se puede negar la entrada en el
puerto de Gibraltar a los moros y sus naves, que sólo vienen a
comerciar.
Promete
también Su Majestad la Reina de Gran Bretaña que a los habitantes
de la dicha Ciudad de Gibraltar se les concederá el uso libre de la
Religión Católica Romana.
Si
en algún tiempo a la Corona de la Gran Bretaña le pareciere
conveniente dar, vender o enajenar, de cualquier modo la propiedad de
la dicha Ciudad de Gibraltar, se ha convenido y concordado por este
Tratado que se dará a la Corona de España la primera acción antes
que a otros para redimirla.
A
Trece de Julio de mil y setecientos y trece.<<
Extracto
del acuerdo alcanzado en el Tratado de Utrecht por el que España
cede la soberanía del peñón a Gran Bretaña. En ningún momento se
mencionan específicamente las aguas litorales más allá del puerto.
¿Qué narices les pasa a los británicos ahora? ¿Quieren acaso dar
un puntillazo torero a una moribunda España? Los isleños imperiales
no desaprovechan oportunidad para demostrar su prepotencia, pero
¿merece eso la pena a costa del sustento de cientos de familias de
pescadores del Campo de Gibraltar? ¿O tal vez sea un maquiavélico
intento de torpedear la zona euro por su retaguardia a lo Francis Drake? No entiendo a
este pueblo tan brillante y luchador cuando fanfarronea ante
potencias inferiores -amigas pero inferiores- 'for the sake of doing
it'. Por el mero placer de mostrar su chulería.
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